La vivienda como servicio público y el debate sobre la garantía legal del acceso a la vivienda
Para abordar decididamente el acceso de los ciudadanos a viviendas asequibles, hay que dar un paso más: considerar la intervención pública en vivienda no como una actividad de fomento de promociones diversas sino como un servicio público regular y permanente para cumplir con el derecho constitucional a la vivienda.
Para ello, mediante la coordinación del Gobierno Vasco y los ayuntamientos (con la ayuda que se establezca de las Diputaciones Forales), deben abrirse como mínimo en los municipios de más de 20.000 habitantes y en las cabeceras comarcales oficinas de atención integral a los ciudadanos en relación con el acceso a la vivienda: registros de demandantes, tipos de promociones de viviendas y alojamientos de protección pública en alquiler y venta, movilización de viviendas desocupadas, asesoría y otros.
La Ley del Derecho a la Vivienda creará el servicio público de acceso a la vivienda para cumplir estos objetivos:
- Creación de un importante parque público de vivienda en alquiler.
- Exigencia de planes autonómicos y municipales de vivienda.
- Obligatoriedad legal de que una parte de las viviendas protegidas que se obtengan por cesión legal se destinen al alquiler así como los suelos para alojamientos dotacionales. Estas viviendas de alquiler serán promovidas bien por los propios ayuntamientos directamente o, a través de mancomunidades comarcales, con las ayudas adecuadas a su promoción, o bien por el Gobierno Vasco a través del Departamento de Vivienda.
Tras el debate oportuno y la realización de los estudios económicos pertinentes, la Ley del Derecho a la Vivienda debe garantizar como derecho legal exigible el acceso a una vivienda en alquiler a los ciudadanos más necesitados que acrediten, en forma y plazos determinados reglamentariamente: que están en disposición de llevar una vida independiente de su familia de procedencia con el suficiente grado de autonomía; que tengan una residencia en un municipio vasco con un periodo mínimo de empadronamiento; que no sean titulares de viviendas y que no puedan acudir a una vivienda en el mercado libre por razón de sus ingresos económicos; o los que, siendo titulares de una vivienda, cuando ésta se considere que por su situación, estado, etc., no
reúne las condiciones mínimas aceptables.
La garantía del acceso universal a la vivienda contará con la regulación del Complemento de Vivienda destinado a todos los perceptores tanto de la Renta Básica como de las Ayudas de Emergencia Social. Será gestionado por el Departamento de Vivienda.
Establecerá una opción preferente para ellos en la adjudicación de las viviendas sociales que en ningún caso podrá sobrepasar el 50% con el fin de evitar guetos.
Otras medidas:
- Compromiso de incrementar de inmediato los ingresos máximos exigibles:
- En el caso de las familias y unidades convivenciales que optan a las viviendas sociales en alquiler, de los 22.000 euros establecidos arbitrariamente por el Gobierno a los 25.000 euros.
- En el caso de la VPO de Régimen General en venta y en alquiler, de 35.000 a 39.000 euros.
- En el caso de las viviendas tasadas, de 43.000 a 50.000 euros.
- Actualizar anualmente los ingresos máximos exigibles para el acceso a cualquier vivienda de protección pública ajustándolos a la inflación del año inmediatamente anterior. En el caso de las personas divorciadas a efectos de ingresos exigibles se tendrán en cuenta los dedicados a pago de pensión alimenticia, hipoteca de vivienda y pensión compensatoria en su caso.
- Líneas de crédito concertadas, a largo plazo y con interés cero para los de rentas más bajas”
- En estos momentos de crisis crediticia, parte de los adquirentes de vivienda protegida, los segmentos de renta baja y media, tienen problemas para conseguir préstamos de las entidades de crédito. Los Convenios del Departamento de Vivienda con estas entidades deberán contemplar una "carta de condiciones tipo" que establezca los requisitos exigidos y las garantías a aportar por los adjudicatarios de vivienda protegida, a fin de limitar la discrecionalidad de las entidades financieras en la concesión de préstamos hipotecarios.
- Participaremos con protagonismo propio y voluntad de cooperación en la Conferencia Sectorial de Vivienda, para que se complementen las iniciativas de los Planes de Vivienda y los diversos Pactos Autonómicos por la vivienda.
- Una nueva fiscalidad de la vivienda:
- Congelando a euros corrientes las desgravaciones fiscales por adquisición de vivienda e incrementando las dedicadas al alquiler, tanto a arrendadores como a arrendatarios.
- Disminución progresiva de la relación entre políticas pasivas ligadas a la desgravación por compra y políticas activas de inversión en vivienda. El objetivo sería el de llegar en 2012 a un coeficiente de 2,1.
- Facilitar fiscalmente la salida al mercado del alquiler de las viviendas vacías. Primar este aspecto de incentivación positiva sobre las medidas de recargos fiscales por el mismo hecho.
- Ayudas directas y fiscales para la rehabilitación de viviendas.
- La Ley regulará las diferentes categorías de viviendas de Protección Pública, así como el régimen de ayudas para promover su construcción.
- La Ley establecerá un Itinerario de Uso de la Vivienda de Protección Pública, en el que se preverán los diferentes tipos de vivienda protegida y se regulará la utilización del Parque de Viviendas de Protección Pública, fijando los criterios de acceso y las fórmulas para el ingreso, salida y cambio dentro del sistema de vivienda pública. La Ley establecerá ayudas para facilitar el cambio de un tipo a otro por necesidad objetiva.
- Viviendas de interés social. Creación de un parque público de viviendas adaptadas y descripción de convenios con ONGs con el fin de facilitar el acceso a la vivienda de colectivos excluidos o en riesgo de exclusión social.
- Vivienda en zonas rurales. Un programa específico para fomentar la autopromoción de viviendas en las zonas rurales, especialmente, en las más deprimidas.
Programas de alojamiento para trabajadores con residencia temporal, trabajadores estacionales e inmigrantes recién llegados.
Fomentar ayudas para el pago del alquiler. En numerosos estados de la Unión Europea, los Municipios gestionan este tipo de ayudas, aplicables tanto al alquiler social como al privado.
Promoveremos viviendas adaptadas para personas con discapacidad, en régimen de alquiler.
Se realizará un programa de implantación de Domótica en viviendas de nueva construcción y antiguas, de manera que consigamos viviendas mas seguras para sus habitantes y mas eficientes energéticamente.

Comentarios
damian dijo Octubre 29, 2009 16:41
me interesa todo tipo de programas donde se pueda adquirir el derecho a tener una vivienda digna,yo soy un trabajador y tengo una familia a cargo con mi señora y 2 hijos y tengo que estar alquilando porque no se me da una posivilidad de tener mi casa propia,no pido que me la regalen pero si que me den facilidades para pagarla,ya que mi sueldo no es alto para pagar cuotas caras.
Yo como tabajador y hombre de bien que asi me considero creo tendrian que darme esa posibilidad para poder tener mi techo propio junto con mi familia,cualquier ayuda bien la voy a agradecer,ya que de seguir sin teco propio se hace dificil el pago de alquileres de vivienddas